miércoles, 25 de marzo de 2009

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2009

Hoy en el Diario Oficial de la JCCM (20.3.09) se ha publicado el Decreto por el que se aprueba la Oferta Publica de Empleo de 2009 quedando de la siguiente manera :

Personal funcionario docente no universitario

Cuerpo de Maestros

Especialidad

Plazas

Primaria

300

Infantil

510

Inglés

200

Educación Física

80

Música

32

Pedagogía Terapéutica

65

Audición y Lenguaje

36

Total

1.223

Consolidación de empleo de personal funcionario y personal

Laboral de Administración General

Subgrupo

Cuerpo

Escala

Especialidad

Acceso

libre

Acceso

Discapacita

dos

Plazas

Ofertadas

A1

Superior

Jurídica

14

1

15

Total Subgrupo A1

14

1

15

A2

Técnico

G. administrativa

17

1

18

Ing.Tec.Agrícola

11

1

12

Trabajo Social

7

1

8

Total Subgrupo A2

35

3

38

C1

Ejecutivo

Adtiva Informática

17

1

18

Adtiva Archivos y

biblioteca

5

0

5

Agentes

Medioambientales

5

0

5

Total Subgrupo C1

27

1

28

C2

Auxiliar

110

5

115

Auxiliar de archivos y bibliotecaas

6

0

6

Total Subgrupo C2

116

5

121

Total personal funcionario

192

10

202

Personal Estatutario

CATEGORIA

ESPECIALIDAD

ACESSO

LIBRE/DIC.

PROMOCION

INTERNA

PLAZAS

OFERTADAS

Facultativo

Especialista

de

Área

Alergología

7

1

8

Anatomía patológica

12

1

13

Aparato digestivo

19

1

20

Cirugía ortopédica y traumatología

26

1

27

Cirugía pediátrica

2

1

3

Dermatología médico quirúrgica y venereología.

9

1

10

Endocrinología y nutrición

9

1

10

Farmacia hospitalaria

20

1

21

Geriatría

11

1

12

Medicina física y rehabilitación

13

1

14

Microbiología y parasitología

8

1

9

Nefrología

9

1

10

Neumología

12

1

13

Neurocirugía

2

1

3

Oncología médica

11

1

12

Otorrinolaringología

14

1

15

Reumatología

8

1

9

Urología

16

1

17

Médico de familia en equipos de atención primaria

23

2

25

Enfermero/a

239

60

299

Grupo de gestión de la función administrativa

11

15

26

Técnica especialista de anatomía patológica

14

4

18

Técnico especialista de laboratorio

36

18

54

Técnico especialista de radiodiagnóstico

39

8

47

Grupo administrativo de la función administrativa

20

38

58

Auxiliar de enfermaría

185

50

235

Grupo auxiliar de la función administrativa

108

54

162

Celador

86

10

96

Total personal estatuario

969

277

1.246

lunes, 9 de marzo de 2009

FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE CASTILLA LA MANCHA

La Federación va a iniciar el Plan de Formación Continua 2009, dirigido al personal de la Administración Local de Castilla La Mancha. Este año, como novedad ofrecemos una amplia oferta formativa con cursos que impartimos por primera vez y que esperamos sean de tu interés.
En los próximos días, mostraremos en nuestra web formación.fempclm.com, la relación de cursos así como toda la información relativa al Plan de Formación. El plazo de inscripción se abre el próximo 10 de marzo, y sería interesante, que antes del día 30 del mismo mes hayáis realizado gran parte de las solicitudes, pues en función de vuestras preferencias, adaptaremos nuestro plan de Formación a la ayuda concedida por el INAP, manteniendo aquellos que cuenten con un mayor número de solicitantes y, por tanto, eliminando los menos solicitados.
Aunque el plazo de inscripción de cada uno de los cursos finalizará 30 días naturales antes de su celebración, insistimos en la importancia que tiene que hagas tu solicitud antes del 30 de marzo, pues en el momento en que cerremos el Plan de Formación y comencemos a hacer selección de alumnos, ya no podremos desbloquear tu cuenta para que puedas cambiar tus selecciones. Solicita los cursos que quieras hacer en el mismo momento, como máximo tres por alumno y año. Una vez que pulsas el botón “enviar”, tu solicitud quedará cerrada y no podrás solicitar ningún otro curso.
También quiero indicarte que al rellenar tu ficha de inscripción con tus datos, es imprescindible que escribas correctamente todos ellos: nombre y dos apellidos, dirección, correo electrónico, etc… pues a partir de estos datos se generan documentos tales como sobres de envío de cartas, diplomas etc… En definitiva, con esta invitación a que hagas las solicitudes antes del día 30 de marzo, pretendemos hacer una valoración sobre cuales son vuestras preferencias y poder así adaptar la oferta y que los cursos que realicemos sean de tu total satisfacción.
Asimismo, te ruego colabores en la difusión de este Plan de Formación reenviando este mail a todos los compañeros que consideres oportuno. No dudes en consultarnos cualquier duda que consideres oportuna, para lo que quedamos a tu entera disposición.
INFORMACIÓN
Web: http//formación.fempclm.com Departamento de Formación Teléfonos: 925/28 03 92 y 925/ 22 96 33 Correo Electrónico: formacion@fempclm.com y formacion2@fempclm.com Recibe un cordial saludo Departamento de Formación Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha

sábado, 7 de marzo de 2009

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA D ELA UNIÓN EUROPEA SOBRE EL DERECHO A DISFRUTE DE VACAIONES CUANDO HAY BAJA POR ENFERMEDAD

Las vacaciones ya no se pierden cuando hay baja por enfermedad. la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 20 de Enero de 2009.
  • Hasta ahora el Tribunal Supremo había establecido como regla general cuando se producía coincidencia en el período de vacaciones con situaciones de baja por enfermedad, solapándose las vacaciones con períodos de incapacidad temporal (IT), que los días o períodos vacacionales no podían disfrutarse en fecha distinta, de manera que el trabajador o trabajadora incapacitada perdía su derecho al disfrute de vacaciones.

  • La única excepción a esta regla general se producía en los casos de baja por maternidad (o paternidad), que recogió la Ley de Igualdad efectiva entre hombres y mujeres de 2007; así como en los supuestos de bajas por enfermedad, aún siendo de carácter común, pero relacionados con el estado de gestación o la maternidad de la trabajadora (como sentó el Tribunal Constitucional en sentencia 324/2006, de 20 de Noviembre).

  • En la importante sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado 20 de Enero de 2009, que interpreta el alcance del artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE, sobre disfrute de vacaciones, se modifica y corrige el criterio hasta ahora aplicado en nuestro país sobre la pérdida de las vacaciones cuando coincidan con periodos de baja por enfermedad, de manera que apartir de ahora cuando se produzca una baja por enfermedad coincidente con las vacaciones anuales, se tendrán que disfrutar en un período distinto, incluso cuando aquella baja se haya prolongado más allá del año natural correspondiente.