miércoles, 6 de noviembre de 2013






FSP-UGT  GUADALAJARA 
INFORMA

La asesoría jurídica de la FSP-UGT Guadalajara consigue que sea declarada injustificada una modificación sustancial de las condiciones del trabajo por reducción de salario, practicada por un Ayuntamiento sobre personal laboral municipal.

Un Ayuntamiento de Guadalajara comunicó a personal de un servicio municipal sostenido con fondos  de la JCCM, la modificación sustancial de las condiciones del trabajo (art. 41 E.T), consistente en la minoración de sus retribuciones anuales, justificando la adopción de esta medida al haber disminuido la JCCM la cuantía de la subvención destinada a la partida de gastos de personal de este servicio.
 El art. 41 del Estatuto de los trabajadores, en su vigente redacción, permite al empleador público o privado la modificación sustancial de las condiciones del trabajo cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Sin embargo, en el caso que nos ocupa, el Magistrado da la razón a la Asesoría Jurídica de Guadalajara, ya que  entiende que este Ayuntamiento ha obviado justificar la causa - económica, técnica, organizativa o de producción- que provoca la minoración salarial a este personal. Por ello, razona que “aún habiéndose producido una importante modificación en las reglas de concesión de subvenciones para estos servicios de titularidad de las Entidades Locales”, este Ayuntamiento no acredita ni “cuál es y ha sido la incidencia de las subvenciones anuales obtenidas por el Ayuntamiento de la JCCM, y cuál ha sido la incidencia de los propios recursos municipales en la financiación de los contratos de este personal, ni tampoco cuál es la situación económica actual de esta Administración”.
Por lo tanto, el Juez declara la modificación INJUSTIFICADA debiendo reponer de forma INMEDIATA  al personal en su anterior salario, condenando además al Ayuntamiento a abonar una cantidad diaria desde el día en el que se les aplicó la modificación sustancial hasta que se les reponga el salario, por los daños y perjuicios patrimoniales por la INJUSTA DECISIÓN EMPRESARIAL.        
Como demuestra esta sentencia, es importante responder ante medidas que son claramente injustas y abusivas para los trabajadores y las trabajadoras. Por ello, si os encontráis ante una situación similar, os animamos a que contactéis con la Asesoría Jurídica de la FSP-UGT en Guadalajara para iniciar las acciones oportunas.
Seguiremos informando

domingo, 13 de octubre de 2013

COMUNICADO






 AZUQUECA DE HENARES, 8 DE OCTUBRE DE 2013




ANTE LA ATÍPICA E INCOMPRENSIBLE SITUACIÓN, GENERADA POR EL POSICIONAMIENTO DE LOS DIFERENTES SINDICATOS QUE COMPONEN LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN, LOS DELEGADOS Y LAS DELEGADAS DE UGT EN EL AYTO. DE AZUQUECA DE HENARES DESEAN EXPLICAROS POR QUÉ NO SE HA FIRMADO AÚN EL CONVENIO COLECTIVO/ACUERDO ECONÓMICO Y SOCIAL.
LOS MIEMBROS DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN ACORDARON FIRMAR LOS TEXTOS EL JUEVES 3 DE OCTUBRE A LAS 12 DE MEDIODÍA. ASÍ PUES, LOS MIEMBROS DE UGT ACUDIMOS PARA CUMPLIR EL MANDATO DE LA ASAMBLEA. UNA VEZ ALLÍ, Y CONTRA TODO PRONÓSTICO, EL SINDICATO CCOO SE NEGÓ A FIRMAR EL ACUERDO, Y CSIF NO ACUDIÓ A FIRMAR EL CONVENIO COLECTIVO. SORPRENDE QUE CCOO NO OFRECIERA SOLUCIÓN ALGUNA A UNA MÁS QUE PREDECIBLE SITUACIÓN.
SIN EMBARGO, POR PARTE DE UGT SE PERSONÓ UN RESPONSABLE PROVINCIAL DEL SINDICATO PARA FIRMAR, TANTO EL CONVENIO COMO EL ACUERDO. NUESTRA COMPAÑERA DE LA FEDERACIÓN SE OFRECIÓ PARA MEDIAR CON CCOO, Y BUSCAR UNA SOLUCIÓN A ESTA GROTESCA E INESPERADA SITUACIÓN.
LA SECCIÓN SINDICAL DE UGT EN ESTE AYUNTAMIENTO TIENE MUY CLARAS LAS OBLIGACIONES QUE HA CONTRAÍDO AL ACEPTAR FORMAR PARTE DE UNA MESA NEGOCIADORA, EN LA QUE SE ABORDAN CUESTIONES MUY IMPORTANTES PARA LA PLANTILLA. POR ELLO, QUEREMOS QUE TENGÁIS MUY CLARO QUE UGT MANTIENE SU OFRECIMIENTO A LA CORPORACIÓN DE FIRMAR EL TEXTO QUE OS PRESENTAMOS EN LA ASAMBLEA DEL 30 DE SEPTIEMBRE, Y QUE TODOS Y TODAS ACEPTASTEIS.
HOY NOS HAN PEDIDO UNA SEMANA MÁS, SIN QUE TENGAMOS LA CERTEZA DE QUE LA PRÓXIMA CITA SEA LA DEFINITIVA. NO OBSTANTE ACUDIREMOS, COMO OBLIGACIÓN NUESTRA QUE ÉS, CON EL MISMO ÁNIMO, COMPROMISO, SERIEDAD Y FIRMEZA QUE HEMOS DEMOSTRADO HASTA AHORA.


RECIBID UN CORDIAL SALUDO.

jueves, 29 de agosto de 2013

EL COMITÉ DE EMPRESA Y LA JUNTA DE PERSONAL
 INFORMA
         La Asamblea General de Trabajadores/as se celebrará finalmente el 4 de septiembre de 2013, en el Salón de Actos del Centro de Ocio “Río Henares”, de 11 a 15:15 para los turnos de mañana, y de 16 a 20 horas para el turno de tarde, con el siguiente orden del día:

PUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA
MAÑANA
TARDE
1.- Exposición de la propuesta formulada por la Corporación en la Mesa General de Negociación respecto al Convenio Colectivo/AES y el anexo de aplicación de la disposición adicional septuagésima primera, de la ley 2/2012, de 29 de junio de 2012, así como el Real decreto Ley 20/2012, de 14 de julio de 2012.

De 11 a 12:30
De 16 a 17:30
2.- Turno libre de palabra de la plantilla, y aclaración de dudas si procede.

De 12:30 a 13:30
De 17:30 a 18:30
3.- Votación de la propuesta que será secreta.

De 13:30 a 14:15
De 18:30 a 19:15
4.- Recuento de votos.
De 14:15 a 15:15
De 19:15 a 20

 En cuanto a la propuesta de la Corporación que se someterá a votación el 4 de septiembre, aclararos que:
1.    Se están trabajando en dos documentos: el Convenio Colectivo/AES, y un Anexo para la aplicación del RDL, del 14 de julio de 2012.
2.    Si se dice que a la propuesta de la Corporación, se continuará negociando el Convenio Colectivo/AES.
3.    Si se vota que NO, seguiremos con el convenio ya que está prorrogado hasta el año 2015. Del mismo modo, ya sabéis que los RDL de julio de 2012 afectan directamente a los permisos, vacaciones y licencias, lo que significa que dispondremos de 22 días de vacaciones y 3 de asuntos propios.
4.    En lo que respecta al contenido del anexo, en esta asamblea de va a votar sobre los siguientes permisos:
a.     Días 24, 31 y Santa Rita.
b.    Días adicionales por servicios prestados.
c.     Días adicionales en aplicación del art. 48.2 del EBEP.
5.    La votación será secreta, para lo que dispondréis de todos los elementos para garantizar que sea libre y personal.
6.    Hemos elegido como lugar para su celebración el Centro de Ocio Río Henares, ya que nos proporciona un ambiente más abierto para expresarnos con mayor libertad.
7.    Se han fijado horas concretas para la votación, siendo por la mañana de 13:30 a 14:15, y por la tarde de 18:30 a 19:15 horas.
 Azuqueca de henares, 29 de agosto de 2013