miércoles, 17 de octubre de 2012

COMUNICADO DEL COMITÉ DE EMPRESA Y DE LA JUNTA DE PERSONAL




Estimados/as compañeros/as:

            Tras el encierro por parte del Comité y la Junta de Personal el Ayuntamiento decidió materializar el despido de las cuatro compañeras que habían sido incluidas en el ERE con un despido por causas objetivas.

            Dos de estas cuatro compañeras decidieron denunciar a la empresa, tanto por este despido objetivo, como por el impago del complemento de antigüedad que las compañeras no habían percibido nunca.

            Tras celebrarse el juicio en septiembre de 2012, las compañeras han recibido sentencia favorable, aquí os hemos extraído parte de la que ha recibido la animadora sociocultural, similar a la de la compañera de la ludoteca.

            Dentro de los Fundamentos  de derecho en su punto Quinto se puede leer con respecto a la antigüedad lo siguiente:

 "Pero no puede aceptarse esta oposición ya que la demandante es contratada laboral y es indiferente, según reiteradísima jurisprudencia, a los efectos de la percepción del complemento de antigüedad, que el trabajador sea fijo o temporal, a menos que existiera una causa objetiva diferenciadora que lo justificara, lo que aquí no se ha acreditado"

 Y en su punto Sexto se define sobre el despido objetivo lo siguiente:

 "De ello se ha de deducir que la ejecución de los servicios de la animadora sociocultural en los planes y programas públicos del Ayuntamiento demandado, no carecía de dotación económica estable, ni estaban financiados exclusivamente por consignaciones e ingresos extra presupuestarios o ajenos. Lo único que ha ocurrido es que una parte de la financiación de estos gastos se ha eliminado"

            Por todo ello el juez ha emitido un fallo en el que se puede leer:

"1.- Estimo la demanda de....interpuesta ..., declaro la improcedencia del mismo".
" 2.- Condeno al referido empresario Ayuntamiento de Azuqueca de Henares a pasar por los efectos de esta declaración y a que a su elección...indemnice a la parte demandada con la cantidad de... o readmita a la trabajadora en el mismo puesto de trabajo".

            La empresa ha decidido recurrir dicha sentencia y ahora se está a la espera del Tribunal Superior de Justicia.

            Esperemos que esta noticia os haga reflexionar sobre la necesidad de luchar por vuestros derechos y que esta sentencia se trasforme en firme y las compañeras pasen a formar parte de nuevo de la plantilla o se vayan con la indemnización que les corresponde.

1 comentario:

Anónimo dijo...

las dos compañeras ganaron el juicio de nuevo declarado nulo el ayuntamiento pago indennizaciones y mensualidades morosas asi como todas las costas , es decir con menos se podria haber mantenido los puestos de trabajo y el servicio varios años pero da igual paga el pueblo y te despido por mis cojones, las dos compañeras decidieron no volver a trabajar en el ayto despues de sufrir el maltrato y acoso durante meses....lo dicho pagó el pueblo que mas da.