miércoles, 28 de enero de 2009

PRESTACIONES Y PERMISOS LEY ORGÁNICA para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. La publicación de los Presupuestos Generales del Estado 2009 ha supuesto la modificación de algunas prestaciones y permisos que se recogían en la Ley Orgánica para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Las modificaciones son las siguientes: - En la Disposición Adicional Sexta. Como ya se recogía en la Disposición Transitoria Novena de la LOI, se hace efectiva la ampliación de 20 días de la suspensión del contrato de trabajo por paternidad, los casos de nuevo nacimiento producido en familias numerosas, cuando la familia adquiera dicha condición con el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento o cuando exista en la familia una persona con discapacidad. La duración indicada se ampliara en el supuesto de parto, adopción, o acogimiento múltiple en dos días mas por cada hijo a partir del segundo, o si uno de ellos es una persona con discapacidad. Esta disposición será de aplicación a los nacimientos, adopciones o acogimientos que se produzcan o constituyan a partir de 1 de enero de 2009 (Os recordamos que en el Plan Concilia, aprobado por Resolución 5-6-2008, de aplicación a funcionarios, estatutarios y laborales, se recoge este concepto como permiso de tres semanas y con entrada en vigor a partir de 1 de Enero de 2009.) - En la Disposición Adicional Sexagésima Cuarta. Se incluye que en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la LGE, el Gobierno realizara las modificaciones legislativas oportunas para que las familias monoparentales con dos hijos al cargo, tengan la consideración de Familia Numerosa. - En la Disposición Final Tercera, apartado Cuatro. Se amplia la prestación de maternidad no contributiva en 14 días naturales, en los casos de nacimiento de hijo en una familia numerosa o en la que con tal motivo, adquiera dicha condición. También se amplia esta prestación en los casos de familia monoparental, o en los supuestos de parto múltiple, o cuando la madre o el hijo estén afectados de discapacidad en un grado igual o superior al 65 por ciento, permisos éstos ya recogidos en el Plan Concilia de aplicación para los trabajadores de la JCCM Dicho incremento es único, sin que proceda su acumulación cuando concurran dos o mas circunstancias de las señaladas. También se definen los conceptos de familia monoparental y parto múltiple. o Familia monoparental , la constituida por un solo progenitor con el que convive el hijo nacido y que constituye el sustentador único de la familia. o Parto múltiple cuando el número de nacidos sea igual o superior a dos.

domingo, 25 de enero de 2009

Oferta de Empleo Público

23-01-2009 1. AYUNTAMIENTO DE SIGUENZA CATEGORIA CONVOCADA: Técnico de Apoyo a Secretaría NUMERO DE PLAZAS: Una FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL BOP: 21 Enero de 2009 MODALIDAD: Funcionario Interino SISTEMA DE SELECCIÓN: Concurso Oposición PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: 20 Días Naturales desde el día siguiente a la publicacción en el BOP (PLAZO HASTA 10 FEB.) 2. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA CATEGORIA CONVOCADA: Técnico de Gestión de Proyectos (PROYECTO PIGMALION) NUMERO DE PLAZAS: Una FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL BOP: 23 DE ENERO 2009 MODALIDAD: Laboral Temporal SISTEMA DE SELECCIÓN: Concurso-Oposición PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: 20 DIAS NATURALES DESDE EL SIGUIENTE DE LA PUBLICACION EN EL BOP. (PLAZO HASTA 12 FEB.) 3. AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO CATEGORIA CONVOCADA: Oficial de Servicios Múltiples NUMERO DE PLAZAS: Una FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL BOE: 20 ENERO 2009 (BASES BOP 19-12-08) MODALIDAD: Laboral Fijo SISTEMA DE SELECCIÓN: Oposición Libre PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: 20 DIAS NATURALES DESDE EL SIGUIENTE DE LA PUBLICACION EN EL BOE. (PLAZO HASTA 9-02-09.) 4. AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO CATEGORIA CONVOCADA: Bases ayudante Servicios Múltiples NUMERO DE PLAZAS: Una FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL BOP: 16 ENERO 2009 MODALIDAD: Laboral Fijo SISTEMA DE SELECCIÓN: Oposición Libre PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: 20 DIAS NATURALES DESDE EL SIGUIENTE DE LA PUBLICACION EN EL BOE. (PLAZO PENDIENTE DE BOE.)

sábado, 17 de enero de 2009

Federación de Servicios Públicos - UGT Gabinete Técnico Federal FSP-UGT 1 UN BREVE RESUMEN Y COMENTARIO A LA LEY 2/2008, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2009.
  • Introducción: una norma con luces y sombras.
Como ya viene siendo habitual durante estos últimos años, hemos considerado oportuno realizar un breve resumen de la Ley 2/2008 de Presupuestos Generales para el año 2009 (LPGE 2009 en adelante), centrándonos, fundamentalmente, en los aspectos más esenciales para la FSP/UGT:
  • Incremento de los gastos de personal al servicio del sector público.
  • Oferta de Empleo público.
Asimismo vamos a detenernos en otra serie de cuestiones que suponen un importante cambio normativo en materia de Función Pública y que versan, en términos generales, sobre:
  • Modificación del Régimen Especial de Clases Pasivas en materia de incapacidad permanente.
  • Derogación del artículo 69 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado aprobada por el Decreto 315/1964.
Antes de iniciar un breve recorrido por las materias citadas, es preciso señalar, con carácter previo, que alguna de ellas es fiel cumplimiento de Acuerdos previamente suscritos con los Sindicatos presentes en la Mesa General de Negociación (retribuciones); mientras que otras, han sido adoptadas en contra del sentir de la FSP/UGT (oferta de empleo público y Clases Pasivas). La Ley 2/2008, de presupuestos generales para el año 2009, respeta el acuerdo sobre medidas retributivas 2007-2009, sucrito en la mesa general el 25/09/2006. Como sin duda se recordará, el Acuerdo Administración-Sindicatos sobre medidas retributivas y de oferta de empleo público para el periodo 2007/2009, incluye en sus contenidos una serie de medidas muy concretas en materia retributiva que precisaban de una posterior plasmación en cada Federación de Servicios Públicos - UGT una de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2007, 2008 y 2009, precisamente en cumplimiento del Acuerdo suscrito y compromisos alcanzados. Pues bien, la LPGE 2009 (publicado en el B.O.E. del pasado 24 de diciembre),
  • refleja los contenidos esenciales del mencionado Acuerdo: Incremento general del Incremento del 2% con respecto a las retribuciones básicas y complementarias .
  • La previsión de que para el año 2009, la masa salarial de los funcionarios se incrementará un 1% adicional. Porcentaje que irá destinado a continuar incluyendo el complemento específico en las pagas extraordinarias (durante la presente legislatura ya se alcanzará el 100% del mismo).
  • Los aumentos retributivos derivados de la modificación de las pagas extraordinarias no podrán ser compensados o absorbidos por mejoras retributivas conseguidas en pactos o acuerdos previos.
  • La dotación presupuestaria de un 0´5 % destinado a los Planes de Pensiones (retribuciones diferidas conforme al EBEP).
  • Las retribuciones del personal interino incluirán los trienios.
La única salvedad que quizás cabría realizar a este apartado es el relativo a la predeterminación con carácter básico que se sigue estableciendo de cómo se deben realizar las aportaciones de los Planes de Pensiones, fundamentalmente en la Administración Local. Este asunto ya ha sido denunciado en varias ocasiones desde la FSP/UGT (se ha vuelto a presentar una enmienda al respecto que no fue aceptada) con la finalidad de que sea la negociación colectiva, en cada caso concreto, la que fije cómo se va a efectuar dicha aportación. ¡Habrá que seguir insistiendo!. Una Oferta de Empleo Público que no compartimos: La crisis como excusa para imponer una tasa de reposición del 30%. Las líneas básicas en esta materia, en la LPGE 2009, establecen lo siguiente:
  • Una tasa de reposición de efectivos del 30%, excepcionando, además de los ámbitos clásicos de la misma (Sanidad, Educación, Federación de Servicios Públicos - UGT, Instituciones Penitenciarias, etc.), al personal de los servicios de prevención y extinción de incendios, policía local y a los municipios de menos de 50.000 habitantes.
  • En el ámbito de la AGE esta tasa de reposición de efectivos va a suponer dejar de convocar 14.800 plazas, lo que implica un ahorro de 323 millones de euros, siempre según datos del propio Gobierno.
  • A este respecto convine precisar que la excepción relativa al desarrollo de la Ley 39/2006 de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, se incluyó durante la tramitación parlamentaria de la Ley a propuesta de la UGT.
Un “olvido” que, si no se hubiese subsanado, habría resultado contraproducente con el desarrollo y puesta en marcha de la denominada “ley de dependencia”.
  • La LPGE 2009 omite, lamentablemente, una de las medias contenidas en el Estatuto Básico (art. 70.1) dirigida a evitar la temporalidad, en concreto aquella que posibilita a las Administraciones Públicas convocar hasta un 10% de plazas adicionales de la Oferta de Empleo Público.
Con respecto a las leyes de PGE de años anteriores, también ha dejado de regularse la posibilidad de llevar a cabo procesos de consolidación en las Administraciones Públicas para reducir la temporalidad, sin que estas plazas computen en la correspondiente tasa de reposición, y no se supere el 10% de temporalidad. Opinamos que, dicha omisión, se debería ver subsanada tanto por la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público (cuyo contenido es muy similar a lo que se venía estableciendo en las distintas Leyes de PGE); como por el apartado 3º del Acuerdo para el periodo 2007- 2009, que establece de manera explícita que “no computan estas plazas a efectos de la tasa de reposición de efectivos”. Es decir, los procesos de consolidación se van a poder seguir llevando a cabo como hasta el momento, pues existe amparo normativo al respecto. En cualquier caso, dada la importancia del tema, y por seguridad jurídica, creemos que la LPGE debería haber reiterado esta posibilidad pues, a veces, es más oportuno resultar redundante, que generar dudas. Una modificación unilateral del Régimen de Clases Pasivas en contra de la opinión de la FSP/UGT. Se modifica el Régimen de Clases Pasivas en diversos aspectos relacionados con la jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio, que no cuenta con el beneplácito de la FSP/UGT. Las modificaciones se llevan a cabo en las Disposiciones Adicionales, Transitorias y Finales de la LPGE del año 2009. Pues bien, tal y como ya se ha ido informando durante estos últimos meses, además de alguna cuestión procedimental que consideramos lógicas (hecho causante, contingencias protegidas, etc.); se han incluido otras que no compartimos (ni siquiera fueron objeto de negociación) al suponer una recorte en la prestación de incapacidad permanente, no originada en acto de servicio, de un 25% si se dan una serie de circunstancias (relacionados con los años de servicios). Por parte de la FSP/UGT se presentaron varias enmiendas de supresión al respecto que no fueron tomadas en consideración durante la tramitación parlamentaria. En esta materia también conviene precisar que durante la tramitación parlamentaria de la Ley, sí se mejoraron, vía enmiendas planteadas desde la FSP/UGT, algunos aspectos que empeoraban la puesta en práctica de esta medida (como por ejemplo la supresión de la retroactividad de la medida a las situaciones causadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley). La derogación del artículo 69 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado (decreto 315/1964): Un despropósito que genera inseguridad jurídica. Dicho precepto garantizaba la percepción del 100% de las retribuciones durante los tres primeros meses de baja por enfermedad para los funcionarios de cualquier Régimen de Seguridad Social. A su vez, esta garantía trascendía de los funcionarios de la AGE, y ha dado cobertura también a los funcionarios de la Administración Local y de alguna Comunidad Autónoma que no lo tiene previsto en su normativa específica, y ello a pesar de que la Ley del 64 no tiene carácter de norma básica, no obstante lo cual ha servido de referencia para el conjunto de las Administraciones por tratarse de una norma previa a la configuración de las Comunidades Autónomas. Pues bien, con la derogación del presente artículo, los funcionarios de la AGE adscritos al Régimen General (un importante número), y el resto de funcionarios de las demás Administraciones Públicas pertenecientes al Régimen General a los que servía de referencia (sobre todo la Administración Local), ya no van a poder contar con esta garantía de percibir el 100% de las retribuciones durante los tres primeros meses de enfermedad. No nos consta que existe dicha previsión en ninguna otra norma, lo que se traduce en una situación de desamparo y desigualdad. Hemos presentado enmiendas que evitaran la supresión del artículo 69 que no han tenido en cuenta los distintos Grupos Parlamentarios. Con respecto a los funcionarios pertenecientes a Clases Pasivas, la Ley PGE 2009, sí resuelve felizmente la cuestión al establecer la garantía comentada (100% de las retribuciones) durante los tres primeros meses de enfermedad. Otras cuestiones a tener muy en cuenta. Para terminar el presente informe, es preciso recordar que la LPGE 2009, incluye también dos cuestiones de importancia:
  • Las previsiones relativas a la cotización a la Seguridad Social del colectivo de bomberos, que va a hacer posible su jubilación anticipada.
  • La disposición adicional Sexagésima Segunda, que alude a la armonización de Regímenes de los funcionarios Públicos en materia de Seguridad Social, con la finalidad “de armonizar el Régimen de Clases Pasivas del Estado con el Régimen General de la Seguridad Social”.
Exigiremos que esta cuestión se negocie en la Mesa correspondiente. Gabinete Técnico Federal Madrid a 8 de enero de 2009

jueves, 15 de enero de 2009

Rueda de prensa de la Sección Sindical de UGT en el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares

La Sección Sindical de UGT en este Ayuntamiento, quiere poner de manifiesto su desacuerdo con la congelación por cuarto año consecutivo de esta plantilla, con solo ligeras modificaciones en el año 2005, así como la falta de revisión y actualización de una Relación de Puestos de Trabajo, en su día aprobada sin la firma de los sindicatos, que reiteradamente han mostrado su disconformidad con estos procedimientos.

Desde la Sección Sindical de UGt en esta Administración, entendemos que la calidad en el empleo es un concepto amplio, que se refiere a las caraterísticas del puesto de trabajo (RPT), y que incluyen; la calidad intrínseca del trabajo y la estabilidad en el empleo; el aprendizaje permanente y las posibilidades de carrera profesional.

En consecuencia, la fijeza en el empleo se convierte en una reivindicación prioritaria de UGT, que contribuiría, sin duda a la significación de nuestra condición de servidor de la ciudadanía desde la estabilidad en el puesto de trabajo, consiguiendo la eliminación de la precariedad laboral y al tiempo, dotar al servicio público del grado de eficacia y calidad que demandan los ciudadanos y las ciudadanas de Azuqueca de Henares.

Una de las principales reivindicaciones de nuestra Organización Sindical y objetivo prioritario en nuestros programas electorales, siempre ha sido un Proceso de Consolidación de Empleo, en la que exista como compromiso la eliminación de la temporalidad en el empleo público, consecuencia de la no convocatoria anual de la OPE, induciendo así a los trabajadores a crearse ciertas expectativas de empleo, situación que sufre el empleado público sin ser su responsabilidad.

Por tanto, desde UGT entendemos el marco actual de negociación como una vía desde la que poner fin a la alta temporalidad que padece el personal al servicio de esta Administración, tal y como marca la Ley 7/2007 (EBEP), así como contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos con una revisión íntegra de la Relación de Puestos de Trabajo.

martes, 13 de enero de 2009

Noticia publicada en "El Decano" de Guadalajara

  • Los representantes de las trabajadoras volvieron a reunirse con Sanroma, y le exigieron que la nueva adjudicataria mantenga a las mismas empleadas que había con anterioridad al cierre

GUADALAJARA, 13-01-09

El sindicato UGT, que representa a la mayoría de las trabajadoras del Centro de Acogida de Mujeres Maltratadas de Guadalajara, que en la actualidad se encuentra cerrado, ha emitido hoy un comunicado en el que exige a la Junta de Comunidades que respete los derechos de estas trabajadoras en el proceso de adjudicación de su gestión a una nueva empresa. Cabe recordar que el centro cerró con la llegada del nuevo año, después de que la anterior empresa que lo gestionaba renunciara a seguir llevándolo por falta de rentabilidad, sin que la Junta encontrara una solución que evitara la interrupción del servicio.

Al mismo tiempo, el sindicato ha contestado a las acusaciones de la propia Junta, que en un comunicado reciente culpó directamente a UGT de haber boicoteado un acuerdo que estaban negociando con una asociación que pretendía hacerse cargo de la gestión, y que hubiera evitado este cierre temporal. UGT señala que, lejos de poner obstáculos, lo que hizo durante esa negociación para el cambio de adjudicataria fue "defender los derechos" de las personas que estaban allí contratadas, ante una situación que aseguran que pretendía empeorar notablemente sus condiciones.

Representantes de las trabajadoras se reunieron el pasado viernes, de nuevo, con la directora general del Instituto de la Mujer, Ángela Sanroma, de quien depende este recurso social.

El sindicato mantiene que la adjudicación del servicio a una nueva empresa "no tiene por qué menoscabar los derechos de las trabajadoras que hasta ahora trabajaban en el centro". Y califican de "insólito" el hecho de que la Junta dijera que habían puesto obstáculos cuando lo que exigían las profesionales del centro era "la exigencia del cumplimiento de la legislación laboral y la defensa de los derechos de las trabajadoras de la casa de acogida y del centro de urgencias".

El sindicato iniste en el Instituto de la Mujer tuvo "tiempo suficiente" para sacar a concurso la gestión de la casa de acogida, manteniendo los derechos de las trabajadoras y abierto un recurso tan importante, dada su naturaleza, para las personas que lo necesiten, garantizando así la prestación de un servicio. Y acusan a la Junta de haber tratado de firmar un "convenio de última hora con una entidad de Ciudad Real que desde el principio no quería ni la subrogación ni el mantenimiento de los derechos de las trabajadoras, todos ellos garantizados por la legislación vigente y el Acuerdo de Estabilidad en el Empleo firmado por el Gobierno regional y los sindicatos mayoritarios".

Asimismo, el sindicato y las trabajadoras insisten en que la anterior gestionaria, Aeduca, "informó a sus empleadas que no continuarían la gestión a partir de 2009, y desde entonces se han ido sucediendo los problemas en las relaciones laborales del centro, donde sólo se ha mantenido un servicio en condiciones gracias a la profesionalidad de las trabajadoras".

domingo, 11 de enero de 2009

Paz, ahora y siempre

"Paz, ahora y siempre".
La situación provocada por la operación militar israelí en los territorios de la Franja de Gaza está provocando una catástrofe humanitaria en la que la población civil sufre las peores consecuencias. La desmesura en el uso de la fuerza por parte del Estado de Israel, en un intento de frenar las acciones guerrilleras de los milicianos de Hamás, supone un salto cualitativo en la escalada de violencia en la zona, de imprevisibles consecuencias para todos los habitantes del planeta. El legítimo derecho de todos los pueblos de la tierra a preservar la seguridad de sus ciudadanos no puede servir de coartada a nadie para masacrar a una población indefensa que no encuentra refugio ni siquiera en las dependencias que gestiona, en exclusiva, Naciones Unidas.

martes, 6 de enero de 2009

Laboral Si no se reabre la Casa de Acogida, FSP-UGT interpondrá una denuncia El Instituto de la Mujer responde anunciando que en los próximos días se publicará una nueva orden para adjudicar la gestión de la Casa de Acogida a una nueva entidad M.V.R. El responsable de FSP-UGT, José Pablo Díaz, acompañado de algunas de las trabajadoras de la Casa de Acogida y Centro de Urgencias cerrado el 30 de diciembre en Guadalajara, como Sonia Inés, dieron ayer más detalles del proceso dejando claro la lentitud con la que ha actuado el Instituto de la Mujer, responsabilidad directa de la Presidencia de la Junta, puesto que ha tenido más de un año para adjudicar en un concurso la gestión a una nueva asociación; que el sindicato «estudia interponer la denuncia correspondiente» ya que el cierre incumple varias normativas como la Ley 5/2001, que en el artículo 12 dice que todas las capitales de provincia y ciudades con mas de 25.000 habitantes tienen que tener estos recursos, y además exigir a «la Junta, Diputación y Ayuntamiento que hagan lo que tengan que hacer, que se pongan a trabajar, para que este recurso tan necesario esté abierto lo antes posible» poniendo de ejemplo la gestión que realiza el Ayuntamiento de Azuqueca de su centro con la subvención de la Junta. ...
El Consejo de Gobierno aprobó el pasado día 9 de Septiembre, el Decreto por el que se fija el CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2009, en el ámbito territorial de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha. Las fiestas laborales de carácter retributivo y no recuperable serán las siguientes:
  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • 6 de enero: Epifanía del Señor.
  • 19 de marzo: San José.
  • 9 de abril: Jueves Santo.
  • 10 de abril: Viernes Santo.
  • 1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
  • 1 de junio al coincidir en domingo 31 de mayo, Día de Castilla-La Mancha.
  • 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
  • 12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
  • 7 de diciembre al coincidir en domingo el día 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
  • 25 de Diciembre: Natividad del Señor.

A estos doce días hay que añadirle los dos días festivos que debe fijar cada localidad

BIENVENIDA

Este blog nace con la inetención de llegar a todos los campeños y compañeras que deseen compatir sus ideas, experiencias o deseos.