martes, 6 de enero de 2009

El Consejo de Gobierno aprobó el pasado día 9 de Septiembre, el Decreto por el que se fija el CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2009, en el ámbito territorial de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha. Las fiestas laborales de carácter retributivo y no recuperable serán las siguientes:
  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • 6 de enero: Epifanía del Señor.
  • 19 de marzo: San José.
  • 9 de abril: Jueves Santo.
  • 10 de abril: Viernes Santo.
  • 1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
  • 1 de junio al coincidir en domingo 31 de mayo, Día de Castilla-La Mancha.
  • 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
  • 12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
  • 7 de diciembre al coincidir en domingo el día 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
  • 25 de Diciembre: Natividad del Señor.

A estos doce días hay que añadirle los dos días festivos que debe fijar cada localidad

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