miércoles, 16 de septiembre de 2009

ACUERDOS ALCANZADOS POR LAS FURZAS SINDICALES Y LA CORPORACIÓN EN LA NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO


ACTA REUNIÓN JUNTA DE PERSONAL Y COMITÉ DE EMPRESA
DÍA: 08/09/2009
HORA INICIO: 9:05
HORA FIN: 13:35
ASISTENTES POR EL COMITÉ DE EMPRESA:
  • POR EL SINDICATO UGT:
-          D. David Pinillos Arranz
-          D. Eduardo Sánchez Baranda
-          D. José Raúl Castro Frías
-          D. Alfonso Corrochano Amor.
-          Dña. Telma Cristina Aznar
-          Dña. Milagros Ruiz-Roso Martín-Moyano
-           
ASISITENTES POR LA JUNTA DE PERSONAL:
  • POR EL SINDICATO UGT:
-          D. Fernando Arias Clemente.
ASISTENTES POR LA SECCIÓN SINDICAL DE UGT:
-          D. Gregorio Matesanz Vallejo
ORDEN DEL DÍA:
  • Informar de los contactos que desde los sindicatos UGT y CCOO se han mantenido con la Corporación municipal, así como de los resultados obtenidos.
DESARROLLO:
   
David Pinillos Arranz, como Presidente del Comité de Empresa, informa  a las personas presentes de los diferentes contactos que se han mantenido con la corporación durante los meses de verano, trasladando que el sindicato CCOO estuvo representado por D. Manuel Dieguez, a la sazón Secretario Provincial de la FSC en Guadalajara.
Se tomó como base de trabajo el documento que se elaboró con fecha 3 de julio de 2009, y que fue repartido entre todo el personal municipal y que, para conocimiento general, reproducimos a continuación resaltando los acuerdos alcanzados para que podáis distinguirlo correctamente:
1.               AMBITO DE APLICACIÓN. Las condiciones recogidas en el siguiente texto se aplicaran a todo el personal laboral y funcionario al servicio del Excmo. Ayuntamiento. Queda excluido del ámbito de aplicación el personal de empresas contratadas, al que se aplicara su respectivo convenio.
                     Este primer artículo suponía uno de los principales escollos para avanzar positivamente en la negociación. Por ello, se mantuvo una reunión el pasado 23 de julio en el Centro de la Mujer de Azuqueca de Henares,  al cual asistió la gran mayoría de personas afectadas por el mismo (personal del Centro de la Mujer, del Centro Social o Casa de Acogida, entre otros). En este encuentro se informó de la postura de la Corporación, con respecto a estos Departamentos. Tras dialogar, se conmino trasmitir a la Corporación que este personal decidía obviar la intención de este Equipo de Gobierno de iniciar un proceso de estructuralización de determinados puestos de trabajo, ya que entienden que ésta, en virtud de su potestad organizativa, puede llevar a cabo en los términos en que determine, y legalmente se establezcan.
El personal de estos departamentos municipales, considera mucho más importante que se reduzca la brecha salarial y laboral existente en la actualidad, siendo su fin último el alcanzar la total equiparación con respecto al resto del personal municipal.
            Así pues, los acuerdos alcanzados con la Patronal que afectan a este personal son:
·        Este personal participe de la subida salarial general.
·        Que se les reconozca  la antigüedad desde la transformación de sus contratos por obra y servicio en indefinidos (agosto de 2007).
En lo referente al personal procedente de los Planes de Empleo, le será de aplicación el Estatuto de los Trabajadores.
En cuento al monitores/as deportivos, se acepta recoger en un anexo sus condiciones laborales.
2.               JORNADA LABORAL: Para todo el personal municipal 1477. Horas. Aquel personal que posea mas días de vacaciones o de libre disposición, como consecuencia de su antigüedad, les serán retraídas del computo de la jornada anual.
                  En este artículo, la Corporación acepta que sea de aplicación a toda la plantilla la jornada de 1477 horas, quedando suprimida la mención a las 211 jornadas.
En este apartado, la persona que representa a la Junta de Personal se pregunta si la Corporación no pretenderá con esto modificar el acuerdo sectorial que en su día firmo con el Cuerpo de Policía Local, en el cual se recogía una jornada anual de distinta duración a la establecida para el resto de la plantilla. Se le informa que, por respeto a este acuerdo se ha incluido la coletilla final, en la que se deja claro que dichos acuerdos deben ser respetados en tanto en cuanto no se decida otra cosa. En cualquier caso, se trata de acuerdos sectoriales que no han pasado por la Mesa General de Negociación.
3.               LICENCIAS LEGALES: Se admite la oferta social de la corporación, en los supuestos de maternidad, paternidad y fallecimientos, en el resto de los artículos de este apartado se mantiene el texto actual, incorporando todas aquellas mejoras que el EBEP contenga, aplicándose este aspecto a todo el texto final del CONVENIO Y ACUERDO ECONOMICO Y SOCIAL.
                 El acuerdo en este punto es total.
4.               CONDICIONES ECONOMICAS: Se admite la oferta de la Corporación del 0, 5 de la masa salarial anual con carácter retroactivo al 1 de enero de 2008, aplicándose esta cantidad de forma inversamente proporcional. Se admite la oferta con respecto al fondo social, 1,5 inferior a la solicitada inicialmente. Disponibilidad de fiestas 50 euros. El resto del articulado se mantiene el texto actual.
Se aplicaría la subida con efectos retroactivos desde el año 2008, de la siguiente manera:
·        En el año 2009 se abonarán las cantidades que correspondan al mismo.
·        Las cantidades correspondientes al año 2008 se abonarían un 50% en el año 2010 y el 50% restante en el próximo 2011
·        En cuanto  a la aplicación de la misma sería: un 60% se repartiría de forma lineal (a todo el personal por igual), mientras que el 40% restante se repartiría de forma inversamente proporcional, beneficiando a sí a las categorías más bajas y de menor poder adquisitivo.
5.               SISTEMA DE ACCESO: En los tribunales de selección la representación sindical designara un técnico.
                  En este punto se acuerda que la persona que represente a las fuerzas sindicales en los Tribunales de Selección será personal del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, abriendo la puerta a aquellas personas que, aunque no se encuentren desempeñando puestos técnicos (peones por ejemplo), sí que estén en posesión de una titulación académica directamente relacionada con la plaza a concurso.
6.               ANEXOS:
I-                    RPT. No se vinculara a la firma del convenio para su modificación y aprobación.
II-                 Retribuciones anuales de cada puesto de trabajo desglosado en conceptos.
III-               Horario laboral, especificado por departamentos.
IV-             Relación de prendas de trabajo.
V-              Conceptos retributivos.
          A la firma del convenio y acuerdo se crearan comisiones encargadas de la actualización de la RPT. Así como del desarrollo de la carrera profesional, la promoción interna y la figura única del empleado público, iniciándose los procesos necesarios para alcanzar este objetivo. La aplicación de un nuevo acuerdo no implicara la anulación de los pactos alcanzados en mesas sectoriales.
Por otro lado, con respecto a la duración que tendría el convenio, se informa que se ha pensado firmarlo hasta el año 2011. Esta cuestión plantea alguna discrepancia, siendo varios miembros los que muestran su oposición proponiendo que sólo tenga una duración de un año.

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