lunes, 2 de enero de 2012

BOE del 31/12/2011.


PUBLICADAS EN EL BOE LAS MEDIDAS ANUNCIADAS POR EL GOBIERNO ESPAÑOL (INCLUSO ALGUNA NO ANUNCIADA Y DE GRAN CALADO) Y QUE AFECTAN A LOS EMPLEADOS PÚBLICOS

En el BOE del 31/12/2011 se han publicado las medidas anunciadas por el Gobierno Español como son:

 En el año 2012, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2011.

 A lo largo del ejercicio 2012 no se procederá a la incorporación de nuevo personal, salvo la que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores

 Durante el año 2012 no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales.

 Durante el año 2012 no se autorizarán convocatorias de plazas vacantes de nuevo ingreso que se refieran al personal de la Administración Civil del Estado, ….., personal civil de la Administración
Militar, ….., personal de la Administración de la Seguridad Social, personal estatutario incluido en el ámbito de aplicación del Estatuto Marco …., personal de la Administración de Justicia y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y personal de los entes públicos ….; Comisión Nacional del Sector

Postal ….. .

 Durante el año 2012 serán objeto de amortización en Departamentos, Organismos autónomos, Agencias estatales, entidades públicas empresariales y resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal, un número equivalente de plazas al de las jubilaciones que se produzcan

ASI MISMO FIGURA UNA MEDIDA DE GRAN CALADO NO ANUNCIADA POR

EL GOBIERNO, LO QUE ENTENDEMOS ES FRUTO DE IMPROVISACIÓN O A

LO QUE NOS TIENE ACOSTUMBRADO EL PP COMO ES A MENTIR Y

ENGAÑAR A LOS EMPLEADOS PÚBLICOS.

 Durante el ejercicio 2012, las Administraciones, entidades y sociedades a que se refiere el apartado Uno de este artículo, no podrán realizar aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de lacontingencia de jubilación.

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