COMENTARIOS
DE INTERES SOBRE LA JORNADA
Ayer, el sindicato UGT celebró en Azuqueca de Henares las “Jornadas Regionales
de Salud Laboral y Medio Ambiente”. Entre las ponencias presentadas, hubo una
que nos llamó especialmente la atención, tanto por lo novedoso como por lo
esclarecedor.
El ponente, a la sazón Emilio González Coordinador de la Secretaría de Salud
Laboral UGT-CEC, nos presentó a las personas asistentes la “Oficina Confederal
de Atención al Usuario de Mutuas” del sindicato UGT. A lo largo de su
exposición, nos habló de las novedades que, en materia de prevención se han
materializado. Así pues, esbozó la figura de los “Agentes Sectoriales de
Prevención”, nos habló de la importancia de eliminar los riesgos psicosociales
de los puestos de trabajo, de la “Comisión de Prestaciones Especiales de las
Mutuas” o de la recién creada “Oficina Virtual de Reclamaciones “ del
Ministerio de Trabajo e Inmigración.
Como
una de las obligaciones de las personas que ostentan la representación
sindical, es la de informar adecuadamente de todas aquellas novedades que, en
materia laboral se produzcan, así como contribuir a su difusión y conocimiento,
no podemos obviar ciertas cosas que allí se dijeron.
Con
respecto a la “Comisión de Prestaciones Especiales de las Mutuas de Accidentes
de Trabajo” se explicó en qué consistían y para qué se han concebido. Así que
ahí va la explicación:
“Como Entidades Colaboradoras de la Seguridad
Social, las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
reciben, en relación con dichas contingencias, las cotizaciones sociales
realizadas por las empresas mutualistas y por los trabajadores por cuenta
propia adheridos y, tras el reconocimiento de las correspondientes prestaciones
sanitarias y económicas, destinan los excedentes económicos de la colaboración
a los fines previstos reglamentariamente y, en particular, un 10% va dirigido a
la asistencia social a favor de los trabajadores o de sus derechohabientes.
Estos que, habiendo sufrido un accidente de trabajo o estando afectados por
enfermedades profesionales, se encuentren en dichos estados o situaciones de
necesidad.
La Comisión de Prestaciones
Especiales tiene a su cargo la concesión de los beneficios de la asistencia
social que hayan de ser satisfechos por la Mutua, que pueden consistir en:
• Prestaciones a fondo perdido
• Préstamos a reintegrar sin ningún tipo de interés.
•Servicios que faciliten la integración social y
laboral de los trabajadores
•Otros servicios que precisen los trabajadores o
sus derechohabientes, como consecuencia del accidente de trabajo o de la
enfermedad profesional.
La asistencia social consiste en la
concesión de los servicios y auxilios económicos que, en atención a los estados
y situaciones concretas de necesidad, se consideren precisos.”
Queda
claro que sin una persona, como consecuencia de una contingencia laboral
precisa ciertos elementos para la mejora de su calidad de vida (herramientas
que faciliten su movilidad, prótesis, adaptación de la vivienda,
indemnizaciones…), éstos deben ser ir a cargo de las aportaciones que se
realizan a esta Comisión. Es muy importante que los trabajadores y las
trabajadoras tengamos claro que ya hemos pagado por esto. Pues bien, cuando lo
obvio y lo legalmente establecido no se produce, surge la reclamación. Pero
¿cómo podemos realizarla? ¿Qué pasos debemos seguir? ¿A quién nos dirigimos?
Ante
la necesidad de dar respuesta a todas estas preguntas, el Ministerio de
Trabajo, a través de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social
y junto con la Mutuas de Accidentes de Trabajo, ha puesto en marcha un programa
para el análisis y tratamiento de reclamaciones que supone un “principio de
garantía”, creando una oficina virtual de acceso público para gestionar las
quejas de los trabajadores/as, así como para asegurar que la protección
dispensada por la Mutuas a los trabajadores/as se lleven a cabo con la máximas
garantías.
Esto
es muy importante, ya que es el propio Estado el que pone a disposición de los
trabajadores y de las trabajadoras los medios para resolver cualquier
disconformidad que surja en la relación con la Mutua: disconformidades
relacionadas con el alta médica, con la calificación de la contingencia, con la
asistencia sanitaria o con eL trato recibido.
Otro
dato significativo que pone de manifiesto el interés que existe por resolver
este tipo de discrepancias, es el tiempo medio de respuesta de la
Administración a la ciudadanía una vez que se ha tramitado la queja. El dato es
sorprendente: 11, 76 días. Es decir, en apenas 15 días podemos conocer la
respuesta es favorable o no.
En
cuanto a la capacidad para reclamar, la tiene la propia persona interesada, o
bien la organización sindical a la que se pertenezca con la expresa
autorización del trabajador o de la trabajadora.
Además
de esto, y al hilo de los interrogantes surgidos, el compañero nos aclaró cómo
deben tratarse ciertas situaciones. El ejemplo, o bien lo hemos vivido en
persona, o bien lo hemos conocido a través de terceras personas, así que os
resultará familiar: típica situación en la que, a través del Sistema General de
Salud a una persona se le firma una Incapacidad Temporal (vulgarmente conocida
como “baja”), y recibe la llamada de a Mutua de Accidentes de su empresa. Pues
bien, en ocasiones se pretende que la persona enferma responda telefónicamente
a cuestiones privadas como el diagnóstico realizado por el facultativo o el
tratamiento y posología prescritos. ¿Qué obligación tenemos como afectados/as?
El compañero
aclaró que:
1. Si nos citan
para acudir a la Mutua debemos ir, es nuestra obligación.
2. Que la
citación debe realizarse por escrito (burofax) y nunca telefónicamente,
pudiendo indicarlo al interlocutor.
3. Que en
virtud de la “Orden TIN/971/2009, de 16 de abril, por la que se establece la
compensación de gastos de transporte en los casos de asistencia sanitaria
derivada de riesgos profesionales y de comparecencias para la realización de
exámenes o valoraciones médicas.”, la Mutua está obligada a facilitarnos y
costearnos el traslado hasta la misma.
Como
entendemos que toda esta información es intensa, en este mismo blog hemos
creado un espacio de consulta para facilitar el acceso a aquellos documentos
relacionados con esta cuestión. No dudéis en preguntarnos ante cualquier duda,
estamos para eso.
Un saludo
fraternal
No hay comentarios:
Publicar un comentario