lunes, 29 de marzo de 2010

LOS TÓPICOS SOBRE LA INMIGRACIÓN QUE HABRÍA QUE DESMENTIR

Con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, que se celebra el domingo, 21 de marzo, UGT ha elaborado un informe sobre los 9 tópicos sobre inmigración que hay que desmentir:
 
1.
Hay que desmentir: “Demasiados inmigrantes”
La realidad es que están empadronados en España 2.937.981 extranjeros no comunitarios (menos del
7% de la población española). La diferencia hasta llegar al total de 5.648.671 extranjeros
empadronados son ciudadanos de países de la Unión Europea o personas que están en el régimen comunitario (familiares directos de españoles o comunitarios). Y de los extranjeros no comunitarios, el 69´76% lleva residiendo en España de manera regular más de tres años. Los extranjeros comunitarios ejercen el derecho a la libre circulación que conlleva formar parte de la Unión Europea. que señalar, por otra parte, que es frecuente considerar dentro del grupo de “inmigrantes” a los extranjeros unitarios de las últimas ampliaciones (especialmente Rumania y Bulgaria), que a todos los efectos son ciudadanos comunitarios, con libertad de circulación y establecimiento. E incuso a personas que han adquirido la nacionalidad española.
 
2.
Hay que desmentir: “Leyes demasiado tolerantes”
La legislación española en materia de extranjería siempre ha tendido a la restricción, la última reforma está especialmente influida por la política europea, implicando de hecho una limitación de derechos, al haber primado en la actual situación de crisis, criterios económicos.
 
3.
Hay que desmentir: “El trabajo para los españoles”
Los ciudadanos de países de la Unión Europea tenemos derecho a la libre circulación, a establecer la residencia donde queramos y a acceder a los mercados de trabajo de los Estados miembros en igualdad de condiciones que sus nacionales.
Respecto a la contratación en sus países de origen de extranjeros no comunitarios (no nacionales de países de la UE) por motivos de trabajo, ésta sólo se produce si no hay demandantes adecuados y disponibles en el mercado de trabajo nacional. Es decir, que en una época como la que estamos atravesando, la contratación en el exterior ha disminuido significativamente.
Sobre los trabajadores y trabajadoras extranjeros que residen ya regularmente en España rige el principio de igualdad de trato y oportunidades y, por lo tanto, pueden presentarse en igualdad de condiciones a cubrir ofertas de trabajo, siempre dentro de las limitaciones que pueden marcar sus autorizaciones de trabajo, y sin que exista ninguna preferencia entre españoles y extranjeros.
 
 
4.
Hay que desmentir: “Los españoles primero en materia de asistencia sanitaria y educación”
Con respecto a los extranjeros nacionales de Estados miembros de la Unión Europea acceden a ambos derechos en igualdad de condiciones que los españoles.
Los trabajadores y trabajadoras extranjeros y sus familias tienen los mismos derechos y deberes en materia de Seguridad Social que los trabajadores españoles; la conquista de los derechos sociales, iguales y para todos y garantía de cohesión social, es un logro de las organizaciones sindicales en el que no caben pasos atrás.
El acceso a la asistencia sanitaria de extranjeros en situación administrativa irregular y de colectivos de españoles no asegurados, es un logro del Estado de Bienestar Social, y que garantiza la protección de la salud y la salud pública.
En cuanto al derecho a la educación todos los menores, con independencia de su nacionalidad, tienen derecho a la educación en las mismas condiciones y cumpliendo los mismos requisitos, sin que haya preferencia alguna para los inmigrantes. El acceso a las ayudas está condicionado, entre otros, a la situación económica de las familias, no a la nacionalidad.
 
5.
Hay que desmentir: “Los extranjeros tienen demasiadas ayudas”
Los extranjeros no comunitarios residentes son destinatarios de las mismas ayudas y con los mismos requisitos que los españoles y extranjeros comunitarios. Y uno de los requisitos comunes a casi todas las ayudas y prestaciones son los recursos económicos de los solicitantes, así como, en algunos casos, un determinado periodo de residencia. En general, la población inmigrante no comunitaria se encuentra entre los colectivos mas desfavorecidos.
 
6.
Hay que desmentir: “Los extranjeros deterioran los servicios”
Es preciso recordar, no sólo que cuando acceden a los servicios públicos es porque tienen derecho a ello, sino que son las Administraciones Públicas las que tienen la responsabilidad de garantizar unos servicios públicos suficientes y de calidad para el conjunto de la población.
En el mismo sentido, UGT no puede admitir que se responsabilice a los trabajadores en situación de necesidad de los abusos de empleadores que aprovechándose de la misma, precarizan sus condiciones de trabajo y pretenden, al mismo tiempo, una precarización generalizada.
 
7.
Hay que desmentir: “Expulsar a los delincuentes”
La Ley ya impide que se conceda una autorización a quien tiene antecedentes penales en España o en el país de procedencia y obliga a la expulsión de quienes los adquieran durante su estancia en España.
 
8.
Hay que desmentir: “Los extranjeros parados tienen que marcharse”
Durante los primeros años de su residencia los extranjeros dependen casi absolutamente de su empleo para mantener su residencia regular. Un planteamiento de este tipo, con el fin de eliminar una supuesta competencia por los puestos de trabajo, implica también cuestionar los derechos sociales que a las organizaciones tanto nos ha costado conquistar, y considerar a los extranjeros exclusivamente como mano de obra, únicamente, útil cuando está empleada y prescindible cuando no lo está.
 
9.
Hay que desmentir: “Frenar la concesión de asilo”
La realidad es que en el año 2008 hubo 4.517 solicitudes de asilo y se concedieran 151. En Alemania en el año 2007 hubo 18.533 solicitantes de asilo (7.664) en España. Está claro que España no es un país especialmente generoso con las concesiones de asilo.

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